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Dependiente y derechohabiente

Conoce los requisitos:

Militar en servicio activo, pasivo y montepiado

1. Solicitud para acceder al beneficio firmada por el padre, la madre, representante legal o potencial beneficiario (curaduría para dependientes mayores de edad que tengan discapacidad intelectual) Formato ISSFA

2. Cédula de ciudadanía de la persona con discapacidad (para obtener la Ficha simplificada)

3. Carné de discapacidad emitido por el Ministerio de Salud Pública o el CONADIS

4. Certificado de discapacidad, emitido por el Ministerio de Salud Pública

5. **INFORME MÉDICO DEL MSP: CALIFICADOR/ESPECIALISTA/TRATANTE. Vigente: enero 2018 Código # GPPYSF001 y/o

6. INFORME TÉCNICO MÉDICO EMITIDO DE UNA CASA DE SALUD PÚBLICA**NOTA: Para los Certificados de Especialista emitidos por Instituciones de la Red Pública Integral de Salud, se deberá presentar en Hoja Membretada con el sello de la Institución.El Certificado médico debe llenarse de forma clara, tener la firma y sello del profesional, ser original y con vigencia mínima de 12 meses y detallar: Diagnóstico CIE 10 con 4 dígitos, descripción de las secuelas permanentes, tratamiento, hospitalizaciones y pronóstico.

El término "Montepiado" identifica a los derechohabientes (viuda, hijos, padres) del activo o pasivo fallecido.{/sliders}

 

Mapa de Agencias ISSFA

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