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a) Registro de cóyuge de militar en servicio activo y pasivo



Aplica a militares en servicio activo y pasivo

1. Solicitud general en formato del ISSFA
2. Cédula de ciudadanía original del solicitante con estado civil actualizado (para obtener Ficha Simplificada)
3. Acta de matrimonio o Unión de Hecho emitida por el Registro Civil

En caso de que el trámite sea realizado por un tercero, el titular deberá otorgar una autorización escrita con la copia de cédula y los requisitos establecidos

b) Registro de hijo menor de edad

Aplica a militares en servicio activo y pasivo

1. Solicitud general en formato del ISSFA.
2. Cédula de ciudadanía original del solicitante (para obtener Ficha Simplificada)
3. Acta de inscripción del hijo menor de edad, emitido por el Registro Civil.

En caso de que el trámite sea realizado por un tercero, el titular deberá otorgar una autorización escrita con la copia de cédula y los requisitos establecidos. 

c) Actualización anual de datos para hijo mayor de edad (de 18 hasta 25 años)

Aplica a militares en servicio activo, pasivo y montepío (Régimen transitorio)

1. Solicitud general en formato del ISSFA.
2. Cédula de ciudadanía de mayor de edad (para obtener Ficha Simplificada)
3. Certificado de identidad y estado civil otorgada por el Registro Civil
4. Certificado de no afiliación al IESS
5. Certificado de no afiliación al ISSPOL
6. Certificado de matrícula y/o asistencia a clases otorgado por establecimientos legalmente reconocidos por el Estado con determinación del período académico (desde, hasta)

Para los dependientes que residen en el exterior se observará adicionalmente lo siguiente:
Los certificados de estudios deberán estar Consularizados o Notariados con apostilla y traducidos al castellano.

d) Registro de actualización de padres que dependen económicamente del militar activo o pasivo

Aplica a militares en servicio activo y pasivo (Régimen transitorio)

1. Solicitud general en formato del ISSFA
2. Declaración Juramentada del afiliado titular realizada ante notario que establezca que los padres dependen económicamente del afiliado titular (de acuerdo a formato vigente, estará sujeto a verificación por parte de la Dirección de Bienestar Social del ISSFA)
3. Cédula de ciudadanía actualizada del titular (para obtener Ficha Simplificada)
4. Cédulas de ciudadanía actualizadas de los padres (para obtener Ficha simplificada)
5. Certificado emitido por el MIES o Declaración Juramentada ante Notario, en el que detalle que el Padre y/o madre, NO son beneficiaros del Bono de Desarrollo Humano y/o de Adulto Mayor (sujeto a verificación mediante cruce de información con el MIES)
6. Certificado de no afiliado al IESS
7. Certificado de no afiliación al ISSPOL
8. Certificado de no ser pensionista del IESS
9. Certificado de no ser beneficiario del Seguro Social Campesino
10. Certificado de no poseer RUC (Si tuvo RUC, el certificado deberá tener fecha de inicio de actividades y fecha de suspensión).

e) Supervivencia

Solo para los pensionistas que residen en el exterior (Pasivo y montepiado)

1. Declaración original de supervivencia consularizada o notariada apostillada
2. Copia del pasaporte vigente
3. Certificado de identificación y datos civiles emitido por el Registro Civil (solo para viudas)

Los pensionistas montepío hijos mayores de edad (de 18 años a 25 años) adicionalmente deberán realizar el procedimiento de Actualización de Datos.

Podrá presentarse Poder Notariado a favor de una tercera persona especificando que es para trámite y/o cobro de las prestaciones

 

Mapa de Agencias ISSFA

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