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El proceso de supervivencia aplica a los afiliados beneficiarios de pensiones militares del ISSFA (retiro, invalidez y montepío) y del Estado, así como, pensiones especiales que tiene o pudiera tener a su cargo el Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (ISSFA).

La supervivencia de los pensionistas residentes en el Ecuador será un proceso permanente, efectuado en línea por el ISSFA.

Para los pensionistas que residen en el exterior, la supervivencia será presencial, de carácter obligatorio y con una periodicidad anual. La realizará en las oficinas consulares del lugar de residencia permanente y ante autoridad legalmente facultada para el efecto. En el caso de no existir en el lugar de residencia, Embajadas o Consulados, podrá realizar la declaración de supervivencia ante Notarios Públicos de los países de residencia y deberá estar apostillada de acuerdo a la normativa internacional vigente, debiendo adjuntar una copia de la cédula ecuatoriana o del pasaporte vigente.
Los Pensionistas de Montepío Cónyuge deberán adjuntar el certificado de filiación que otorga el Registro Civil de Ecuador,(viuda (o)/soltera (o)) según el caso.
Los documentos de supervivencia deberán ser presentados en el mes de cumpleaños, o contado un año a partir de la última fecha de presentación de los documentos.
Los documentos deberán estar en idioma castellano.
La documentación remitida para trámite de Supervivencia del Exterior tiene validez de 60 días desde la fecha de emisión hasta su presentación en el ISSFA.

Los derechohabientes o pensionistas de montepío, hijos entre 18 y 25 años de edad, seguirán presentando obligatoriamente en forma anual la actualización de datos.

icon pdf Formato de declaración de datos del pensionista, que puede acompañar con la Supervivencia del Exterior  

 

Mapa de Agencias ISSFA

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