Es un servicio que el ISSFA brinda al personal militar en servicio activo o pensionista de retiro, invalidez y montepío cónyuge, permitiéndole disponer de recursos para fines de vivienda.
Los costos que se generen por: gastos de trámite de escrituración, impuestos, tasas, contribuciones, derechos notariales, honorarios profesionales y otros, se incrementarán al monto total del préstamo concedido.
Objetivo
Es un préstamo hipotecario, destinado a financiar por una sola vez la adquisición de otra vivienda, compra de terreno, construcción, mejoramiento y/o ampliación.
- Destino
- Condiciones Generales
- Condiciones Financieras
- Proceso de Concesión
- Requisitos
- Póliza de vida colectiva - Desgravamen
- Póliza todo riesgo construcción
Destino
- Para adquirir otra vivienda: Se financiará hasta el 85% del avalúo comercial realizado por el Perito Avaluador designado por el ISSFA.
- Para construcción de vivienda en terreno propio: Se financiará hasta el 85% del avalúo comercial realizado por el perito avaluador designado por el ISSFA más el presupuesto
de obra. - Para compra de terreno con fines de vivienda: Se financiará hasta el 85% del avalúo comercial realizado por el perito avaluador designado por el ISSFA. El ISSFA financia la
adquisición de terreno de hasta 1.000 metros cuadrados en la zona urbana y hasta 5.000 metros cuadrados en la zona rural. - Para mejorar y/o ampliar la vivienda: Se financiará hasta el 85% del avalúo comercial del inmueble a mejorar realizado por el Perito Avaluador designado por el ISSFA.
Condiciones Generales
Plazo: Se concede hasta doce (12) años plazo.
Garantía: Los préstamos hipotecarios, estarán garantizados con la primera hipoteca abierta y constitución de patrimonio familiar, sobre el bien inmueble al que se destine los recursos.
Gastos de escrituración: Los costos que se generen por: gastos de trámite de escrituración, impuestos, tasas, contribuciones, derechos notariales, honorarios profesionales y otros, se incrementarán al monto total del préstamo concedido.
Objetivos:
Es un préstamo hipotecario, destinado a financiar por una sola vez la adquisición de otra vivienda, compra de terreno, construcción, mejoramiento y/o ampliación.
- Para adquirir otra vivienda: Se financiará hasta el 85% del avalúo comercial realizado por el Perito Avaluador designado por el ISSFA.
- Para construcción de vivienda en terreno propio: Se financiará hasta el 85% del avalúo comercial realizado por el perito avaluador designado por el ISSFA más el presupuesto de obra.
- Para compra de terreno con fines de vivienda: Se financiará hasta el 85% del avalúo comercial realizado por el perito avaluador designado por el ISSFA.
- Para mejorar y/o ampliar la vivienda: Se financiará hasta el 85% del avalúo comercial del inmueble a mejorar realizado por el Perito Avaluador designado por el ISSFA.
- El ISSFA financia la adquisición de terreno de hasta 1.000 metros cuadrados en la zona urbana y hasta 5.000 metros cuadrados en la zona rural.
- La vivienda podrá incluir un solo local comercial, siempre y cuando su superficie no sobrepase el 20% del área total de la vivienda.
Consideraciones Generales Préstamos Hipotecarios:
Señor Afiliado, tome en cuenta lo siguiente:
- El inmueble objeto de la hipoteca, podrá incluir un solo local comercial, siempre y cuando su superficie no sobrepase el 20% del área total de la vivienda.
- EL ISSFA financia la compra de terreno en el producto Otros Fines de Vivienda de hasta 1.000 metros cuadrados en zona urbana y hasta 5.000 metros cuadrados en zona rural.
- El ISSFA en cumplimiento a los fines determinados en sus Reglamentos, no financia:
- Compra o recompra de inmuebles que fueron de propiedad del afiliado, cónyuge o persona con quien mantiene Unión de Hecho legalmente establecida.
- Adquisición de vivienda con derecho de usufructo.
- Adquisición de inmuebles con antecedentes de derechos y acciones hereditarias, cuando desde la fecha de fallecimiento del causante no haya transcurrido al menos quince (15) años.
- Adquisición de vivienda en planos o en proceso de construcción.
- Asegúrese que el área de terreno y construcción (de ser el caso), que consta en la escritura del inmueble, sea igual a la detallada en la ficha catastral entregada por el Municipio y en el certificado de gravámenes emitido por el Registro de la Propiedad del Cantón correspondiente. Si no coincide, debe realizar levantamiento planimétrico del inmueble y adjuntarlo al expediente.
- Se recomienda no firmar ningún compromiso con el vendedor hasta que no esté seguro del monto del crédito al que puede acceder, que la vivienda no cuente con ningún tipo de impedimento y del tiempo que va a durar el trámite. El Instituto no se responsabiliza por acuerdos o convenios firmados entre compradores y vendedores.
Límite de Endeudamiento para Préstamos Hipotecarios
La concesión de los préstamos hipotecarios, se sujetarán al análisis de los siguientes parámetros:
- El nivel máximo de endeudamiento mensual será hasta el 40% del Haber Militar o Pensión, incluido los dividendos de otros préstamos que el afiliado tenga vigentes en el ISSFA.
- En caso que el afiliado justifique ingresos formales adicionales de él y/o su cónyuge, que mejore su capacidad de pago y le permitan cubrir sus gastos familiares declarados, el límite de endeudamiento podrá incrementarse hasta el 60% del Haber Militar o Pensión.
- Para el cálculo del límite de endeudamiento se considerará que el Haber Militar Líquido o Pensión Líquida, luego de descontado el respectivo dividendo del préstamo hipotecario, sea al menos el 10% del Haber Militar o Pensión.
Condiciones Financieras
- Monto: Desde diez (10) hasta sesenta (60) Haberes Militares Promedio General vigente a enero de cada año, accederán al financiamiento los afiliados hasta los setenta y cinco (75) años de edad, incluido el plazo del préstamo.
- El nivel máximo de endeudamiento mensual para acceder a este préstamo, será de hasta el 40% del Haber Militar o Pensión, incluido los dividendos de otros préstamos que el afiliado tenga vigentes en el ISSFA. En el caso que el afiliado justifique ingresos formales adicionales de él y/o su cónyuge, que mejore su capacidad de pago, el límite de endeudamiento podrá incrementarse hasta el 60% del haber militar.
- Para construcción o ampliación de vivienda, el presupuesto deberá presentar distribuido en cuatro etapas: 40%, 25%, 25% y 10%.
- En el caso de mejoras del inmueble el presupuesto debe presentar en tres etapas: 60%, 30% y 10%.
Proceso de Concesión
Proceos para la Concesión de Préstamos Hipotecarios
En el proceso de concesión de préstamos hipotecarios intervienen:
Las actividades que se realizan, son las siguientes:
ACTORES | ACTIVIDAD |
Afiliado | Afiliado para obtener información de los requisitos y monto aproximado para acceder al préstamo hipotecario Otros Fines de Vivienda puede hacerlo por medio de los siguientes canales: Oficina virtual, call center, redes sociales, ventanillas en agencias a nivel nacional, servicio al cliente de la matriz o regional. Reúne los requisitos adquisición de otra vivienda, compra de terreno, construcción, mejoramiento y/o ampliación. |
Oficina virtual |
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Analista legal , técnico de servicio al cliente regional o jefe u oficinista de agencias | Afiliado deberá entregar el expediente en un plazo no mayor a 8 días calendario luego de haber registrado la solicitud de préstamo hipotecario en línea, para su revisión. |
Analista legal de crédito | Revisa que el expediente consten los documentos habilitantes según el destino de préstamo conforme a los “Requisitos para acceder al préstamo hipotecario FONIFA Vivienda Inicial” |
Perito avaluador de crédito matriz | Perito Avaluador de Crédito Matriz procederá a generar en el sistema la “Orden de Avalúo” de acuerdo a las “Instrucciones del trámite de avalúo del inmueble Servicio al Cliente” adjunta al expediente y remite vía correo electrónico a la Empresa Avaluadora. En caso de construcción, mejora y/o ampliación, luego de cumplir cada etapa de construcción el afiliado solicitará al ISSFA una inspección para verificar el avance de obra. |
Issfa Departamento de crédito |
Revisa e ingresa la información correspondiente de acuerdo al destino del préstamo.Se realiza el Análisis Financiero para determinar el monto del Préstamo de acuerdo:
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Comisión de crédito | Adjudica los expedientes para préstamos hipotecarios |
Estudio jurídico | Analiza la documentación del expediente referente a viabilidad legal de escrituración:
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Issfa Departamento de crédito |
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Consejo Nacional de la Judicatura |
Emite al ISSFA, Acta de sorteo de la notaria designada.
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Issfa Departamento de crédito |
Remite Acta de sorteo al Estudio Jurídico. |
Estudio jurídico | Procede a contactar con la Notaria designada a fin de sellar la Minuta y el Formulario de Trasferencia de Dominio y para concertar día y hora para receptar las firmas de las partes. |
Municipio | Recepta pago de impuestos por la transferencia de dominio de bienes inmuebles (alcabalas, obras, pago al consejo provincial y a la utilidad según el caso) |
Notaria |
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Estudio jurídico |
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Registro de la propiedad | Inscripción de la Escritura. |
Estudio jurídico | Entrega de expediente al Departamento de Crédito con la razón de inscripción de la escritura y la liquidación de gastos de escrituración |
Issfa |
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Issfa Tesorería |
Transferencia de pago a favor del vendedor |
Póliza de vida colectiva - Desgravamen
Su fin es cancelar el saldo del préstamo adeudado por el fallecimiento del deudor; por muerte presunta declarada judicialmente; o, por haberse discapacitado en forma total permanente.
Póliza de vida colectiva - desgravamen
Notas aclaratorias de la póliza de vida colectiva - desgravamen