- Préstamos quirografarios
- Préstamos hipotecario Fonifa
- Fondo de Vivienda
- Beneficiarios
- Gastos de Escrituración
- Recomendaciones Generales
- Póliza de desgravamen
- Póliza de seguro multiriesgo
Préstamos quirografarios
Objetivo: establecer los productos crediticios, términos y condiciones de los préstamos quirografarios que el Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas concede a sus afiliados.
Préstamos hipotecario Fonifa
Ámbito y finalidad: el Fondo Inmobiliario de Fuerzas Armadas FONIFA, es un fondo colectivo y solidario de financiamiento, creado para administrar recursos financieros provenientes del ahorro de sus afiliados, Fondo de Vivienda y reservas de la Seguridad Social Militar, que permite al militar en servicio activo disponer de los recursos necesarios mediante préstamo para obtener su vivienda inicial.
Objetivo: EL Fonifa, tiene por objeto:
a) Financiar vivienda por una sola vez para sus afiliados
b) Promover el ahorro como requisito indispensable para la adquisición de la vivienda inicial del personal militar; y,
c) Aplicar el principio de solidaridad para el financiamiento de vivienda.
Fondo de Vivienda
El ISSFA administrará el Fondo de Vivienda para destinarlo a cubrir este servicio social básico, mediante un sistema de financiamiento que permita al militar en servicio activo, disponer de los recursos necesarios para obtener su vivienda, con sujeción al Reglamento correspondiente.
Beneficiarios
El militar en servicio activo que se separe de la Institución sin haber hecho uso de este beneficio, tendrá derecho a que el ISSFA le devuelva sus aportaciones individuales al fondo.
En caso de muerte del asegurado que no haya hecho uso de este beneficio, sus aportaciones individuales al fondo, se entregarán a sus derechohabientes en el orden de prelación y porcentajes establecidos para el Seguro de Cesantía.
Gastos de Escrituración
- Los costos que se generen por: Gastos de trámite de escrituración, impuestos, tasas, contribuciones, derechos notariales, honorarios profesionales y otros, son financiados por el ISSFA y se incrementarán al monto total del préstamo adjudicado.
- Los GASTOS de ESCRITURACIÓN serán cancelados por el ISSFA a nombre del afiliado adjudicado con el préstamo, directamente a favor del Estudio Jurídico que se le haya asignado el trámite de escrituración del inmueble, recursos que serán incorporados a la tabla de amortización de acuerdo a la liquidación de gastos, previos al desembolso del préstamo hipotecario.
- En situaciones que por decisión del afiliado, no culmine la escrituración e inscripción de la hipoteca a favor del ISSFA, los recursos entregados para los trámites al Estudio Jurídico, serán liquidados y cancelados por el Afiliado al Instituto.
- Los honorarios profesionales que se cancelará a los Estudios Jurídicos son por la elaboración de minuta USD 25 (veinte y cinco dólares) más IVA por cada contrato y USD 210 (docientos diez dólares) más IVA por los trámites ante la Notaría, Municipio y Registro de la Propiedad, valores que se incluirán en los Gastos de Escrituración.
Recomendaciones Generales
- Mientras no se haya desembolsado el préstamo, usted no DEBE realizar otros préstamos en el ISSFA o Instituciones Financieras, Casas Comerciales, Anticipos de Sueldo, etc., porque afectan el nivel de endeudamiento con el cual fue calificado el préstamo. Caso contrario, el monto del préstamo será menor al adjudicado.
- Las carpetas han sido distribuidas en partes iguales a los Estudios Jurídicos, quienes son los responsables de la elaboración de las minutas y los trámites ante el Municipio, Notaría y Registro de la Propiedad, según sea el caso.
- Una vez que el Estudio Jurídico haya estudiado la documentación del expediente y determine que SI cumple con los requisitos para iniciar los trámites de escrituración, se comunicarán con el Afiliado para indicarle los pasos a seguir y el tiempo estimado para finalizar el trámite de la escritura con hipoteca a favor del ISSFA.
- El Estudio Jurídico mantendrá informado al Afiliado sobre el avance de su trámite y el día que debe acercarse a firmar las escrituras en la Notaría.
- El plazo máximo para la entrega de la escritura con patrimonio familiar e hipoteca a favor del ISSFA por parte del Estudio Jurídico es 60 días contados desde la fecha de adjudicación, si no lo realiza en este tiempo, el Estudio Jurídico deberá justificar las causas que originaron el retraso. Sin embargo, el plazo total para el trámite de escrituración es 90 días desde la Adjudicación, si el trámite sobrepasa este plazo, el afiliado deberá solicitar prórroga inicialmente por 45 días y de requerir más tiempo deberá solicitar autorización a la Comisión de Crédito.
- Si tiene alguna queja por el servicio recibido en las oficinas del ISSFA, Estudio Jurídico o alguna sugerencia que permita mejorarlo, realícelo por escrito y fundamentado.
Póliza de desgravamen
El objetivo de la póliza de seguro de vida - desgravamen es la cancelación del saldo de los préstamos quirografarios e hipotecarios vigentes, en caso de fallecimiento del afiliado y/o su cónyuge.
Póliza de desgravamen y seguro de saldos