Los préstamos quirografarios son un servicio social que el ISSFA brinda a sus afiliados, a fin de contribuir a resolver sus necesidades y contingencias.
Estos préstamos están destinados para solventar necesidades apremiantes, cubrir gastos de estudios, pago de deudas con entidades controladas por la Superintendencia de Bancos o SEPS, y para imprevistos.
Productos
Préstamo Quirografario de consumo
Está destinado para satisfacer las necesidades personales del afiliado. Para acceder debe disponer de la clave de acceso e ingresar a través de la oficina virtual del ISSFA: www.issfa.mil.ec
Préstamo Quirografario para imprevistos
Está destinado para solventar gastos urgentes que requiera el afiliado. Para acceder debe disponer de la clave de acceso e ingresar a través de la oficina virtual del ISSFA: www.issfa.mil.ec
Condiciones Generales
PRÉSTAMO DE IMPREVISTOS
Monto de préstamo |
La comisión de crédito, de acuerdo a la disponibilidad de recursos, podrá regular los parámetros establecidos en este reglamento: montos, plazos, límite de endeudamiento, tasas de interés, plazos de renovación, garantías, entre otros, en base a las recomendaciones de las Direcciones de Riesgos, Inversiones, y Financiera. |
Condiciones |
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Beneficiarios |
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PRÉSTAMO DE CONSUMO
Monto de préstamo |
Militar en servicio activo: La comisión de crédito, de acuerdo a la disponibilidad de recursos, podrá regular los parámetros establecidos en este reglamento: montos, plazos, límite de endeudamiento, tasas de interés, plazos de renovación, garantías, entre otros, en base a las recomendaciones de las Direcciones de Riesgos, Inversiones, y Financiera. |
Condiciones: |
• Estar al día con sus obligaciones crediticias en el ISSFA • Tener capacidad de pago |
Beneficiarios: |
• Militar en servicio activo que acredite entre 3 hasta 4 años 11 meses de aportación a la Seguridad Social Militar, su préstamo será de acuerdo a la garantía de los fondos de reserva que mantenga en la actualidad. • Militar en servicio activo entre 5 años hasta 19 años 11 meses de aportación a la Seguridad Social Militar, su préstamo será de acuerdo al valor acumulado por sus aportaciones que mantenga en la actualidad • Militar en servicio activo con 20 años en delante de aportación a la Seguridad Social Militar, el préstamo será de acuerdo a la cesantía que mantenga en la actualidad por el tiempo se servicio transcurrido • Pensionistas de retiro, invalidez o discapacidad hasta 80 años de edad. • Pensionistas de retiro, invalidez o discapacidad, Estado y montepío: cónyuge y padre con 80 años de edad en adelante, con informe de bienestar social. • Pensionistas de montepío hijos menores de edad mujeres desde los 12 a 18 años y varones de 14 a 18 años. Las solicitudes en línea para el acceso a los préstamos quirografarios realizarán de acuerdo al último digito de la cédula. |
Militar en servicio pasivo: |
La comisión de crédito, de acuerdo a la disponibilidad de recursos, podrá regular los parámetros establecidos en este reglamento: montos, plazos, límite de endeudamiento, tasas de interés, plazos de renovación, garantías, entre otros, en base a las recomendaciones de las Direcciones de Riesgos, Inversiones, y Financiera. |
Condiciones |
• Estar al día con sus obligaciones crediticias en el ISSFA • Tener capacidad de pago |
Beneficiarios: |
• Militar en servicio pasivo. • Montepíos cónyuges. Las solicitudes en línea para el acceso a los préstamos quirografarios realizarán de acuerdo al último digito de la cédula |
Límite de Endeudamiento
Límite de Endeudamiento para los Préstamos Quirografarios
La concesión de préstamos quirografarios se sujetará al análisis de las siguientes posibilidades de capacidad de pago del afiliado:
a) El nivel máximo de endeudamiento mensual para acceder a estos productos crediticios, será hasta el 40% del Haber Militar o pensión, considerando los dividendos de otros préstamos que el afiliado tenga vigentes en el ISSFA.
b) Para el cálculo del límite de endeudamiento se considerará que el Haber Militar líquido o pensión liquida no podrá ser menos del 10%, del Haber Militar o pensión, luego de descontada los respectivos dividendos.
Póliza de desgravamen
El objetivo de la póliza de seguro de vida - desgravamen es la cancelación del saldo de los préstamos quirografarios e hipotecarios vigentes, en caso de fallecimiento del afiliado y/o su cónyuge.
Póliza de vida colectiva - desgravamen
Notas aclaratorias de la póliza de vida colectiva - desgravamen